En full&fast os explicamos cómo la movilidad eléctrica está relacionada con nuestras viviendas y lugares de trabajo. Y el papel que tienen las infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos.

El código técnico de la edificación (CTE), aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo y modificado por el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre 2019, establece un conjunto de normativas de seguridad y habitabilidad de las edificaciones mediante los documentos básicos. El documento HE6, relativo a la eficiencia energética, especifica que los edificios deben contar con elementos que permitan a los inquilinos o usuarios instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos.

Actualmente, todos los edificios nuevos con aparcamiento, cuyo proyecto constructivo se presentó después de 2015, cuentan con preinstalación de infraestructura de recarga (conforme a ITC BT 52 e ITC BT 28). ¿Y el resto de edificios?. Para el resto, la fecha límite es el 1 de Enero de 2023 para dotarse de esta preinstalación, y cumplir con el CTE.

¿A qué edificios afecta?. A los de titularidad privada y a aquellos cuyo titular es la AGE (Administración General del Estado). Los de titularidad privada deberán contar con un punto de recarga cada 40 plazas de aparcamiento (a partir de 10), mientras que en aquellos cuya titularidad corresponde a la AGE, la proporción es de un punto de recarga por cada 20 plazas.

¿Por qué hablamos de esto ahora?. La instalación de puntos de recarga está siendo subvencionada para particulares y empresas a través del plan MOVES III. En el caso de comunidades de propietarios, se subvenciona la preinstalación de infraestructuras de recarga, así el aparcamiento de nuestro edificio cumplirá con el CTE antes de la fecha límite. Si el aparcamiento es de uso público, la subvención incluye la instalación de puntos de recarga, la señalización y las aplicaciones de medición y facturación de la recarga.

¿Qué beneficios tiene la instalación de puntos de recarga en el aparcamiento?

A nivel privado, revaloriza la plaza de aparcamiento y posibilita que podamos alquilarla a usuarios de rotación. Como usuarios, el coste de la recarga vinculada (con la potencia eléctrica doméstica) es mucho más económica que aquella que hagamos en cargadores públicos. En edificios de empresas, podremos ofrecer la recarga a nuestros empleados y a nuestros vehículos de flota.

A nivel empresarial. Nuestro aparcamiento será mucho más atractivo para los usuarios, y podremos explotar horas fuera del horario de máxima afluencia al utilizar el aparcamiento como servicio de recarga.

En full&fast, conocemos las distintas alternativas y soluciones para optimizar estas instalaciones y asesorar a los titulares de edificios aconsejándoles con las mejores soluciones de acuerdo a su uso particular o profesional. ¿Hablamos?

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